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¿Cuánto cuesta una Manifestación de Impacto Ambiental?
Gran parte de la información relativa a los estudios de impacto ambiental está recogida en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente..
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Diferencia entre Evaluación del Impacto Ambiental y Manifestación de Impacto Ambiental (MIA)
Como mencionamos anteriormente, de acuerdo a la LGEEPAL, la MIA es un documento en el que se analizan y describen las condiciones ambientales previas a la realización de cualquier tipo de proyecto con la finalidad de evaluar los impactos potenciales que este podría causar al ambiente, para posteriormente definir y proponer las medidas necesarias para prevenir, mitigar o compensar esas alteraciones.
Por otro lado, la LGEEPAL define a la Evaluación del Impacto Ambiental como el procedimiento a través del cual La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) establece las condiciones a las que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables con el fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente.
¿Qué factores influyen en el precio de una Manifestación de Impacto Ambiental?
¿Quieres saber si el estudio para tu proyecto puede tener un precio más o menos elevado? En la siguiente lista resumimos los principales aspectos que pueden afectar el precio de dicho estudio:
- Tipo de proyecto: En función del tipo de proyecto y la actividad que se vaya a realizar, el coste del estudio puede variar, ya que no siempre tendrá la misma complejidad.
- Extensión de la zona: El tamaño es otro factor a tener en cuenta, puesto que está directamente relacionado con la cantidad de tiempo a invertir en el trabajo de campo. Ahora, el precio también dependerá de la complejidad de las afecciones que pueda tener el proyecto sobre el medio ambiente.
- Ubicación del terreno: Es importante considerar el grado o nivel de conservación que tiene la zona sobre la que se trabajará. Por ejemplo, si se trata de una zona protegida, es probable que el estudio tenga un precio más elevado a que si se tratara de una zona sin protección. Esto se debe a que, en estos casos, suele requerirse un estudio más detallado y su valoración suele tener una mayor complejidad.
- Estudios complementarios: Hay ocasiones en las que se deben realizar estudios complementarios para garantizar la calidad de la MIA.
Preguntas frecuentes sobre los Estudios de Impacto Ambiental
Si es la primera vez que necesitas una MIA, es probable que tengas algunas dudas que quieras resolver. En los próximos apartados intentaremos responder a las más frecuentes.
¿Cuándo hace falta una Manifestación de Impacto Ambiental?
Hay una variedad de casos en los que puede ser necesario contar con uno de estos estudios. Para obtener una respuesta exacta, lo más recomendable es acudir a la normativa vigente.
En el artículo 28 de la LGEEPA se señala de manera general aquellas obras o actividades que pueden causar un desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos. Estas son algunas de las obras o actividades que requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental:
- Obras hidráulicas, vías generales de comunicación.
- Oleoductos, gasoductos, carboductos, poliductos.
- Industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento y eléctrica.
- Exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas en la legislación a la Federación.
- Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos, así como residuos radiactivos.
- Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración.
- Cambios de uso del suelo en áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas.
- Parques industriales donde se prevea la realización de actividades altamente riesgosas
- Obras y actividades en las áreas naturales protegidas.
- Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros
- Actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias que puedan poner en peligro la preservación de una o más especies o causar daños a los ecosistemas.
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¿Quién lleva a cabo la Manifestación de Impacto Ambiental?
Esta es otra de las preguntas más habituales, ya que muchas veces sabemos que necesitamos el estudio, sin embargo, no tenemos claro qué tipo de profesional es el más adecuado para llevarlo a cabo.
Cualquier persona (física o moral) puede llevar a cabo esta manifestación. Si el promotor quiere, se puede apoyar en la “Guía de presentación de la Manifestación del Impacto Ambiental, modalidad Particular” o en la “Guía para la presentación de la Manifestación de Impacto Ambiental, modalidad Regional”.
Es posible presentar La Manifestación del Impacto Ambiental en cualquier formato, DVD, USB, papel, etc. lo importante es que se encuentre conforme al contenido del Artículo 12 o 13 del Reglamento de la LGEEPA en materia de Evaluación de Impacto Ambiental, en el que se incluyen los diferentes anexo, tablas, cuadros, mapas, además de las coordenadas UTM de la ubicación del proyecto.
¿Qué debe incluir una Manifestación de Impacto Ambiental?
A modo genérico, la Manifestación de Impacto Ambiental debe incluir:
I. Escenarios y medidas preventivas resultantes del análisis de los riesgos ambientales relacionados con el proyecto.
II. Descripción de las zonas de protección en torno a las instalaciones.
III. Señalamiento de las medidas de seguridad en materia ambiental.
Toda esta información está desarrollada en la Sección V de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).
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