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¿Cuánto cuesta la nulidad del matrimonio canónico?
El matrimonio canónico o eclesiástico hace referencia a la unión entre dos personas ante la Iglesia Católica. Dicha unión puede declararse nula si se cumplen una serie de requisitos y se lleva a cabo el procedimiento correspondiente.
Pero más allá de las posibles tasas, en estos casos es conveniente contar con el asesoramiento de un abogado o abogada especializada, puesto que el proceso puede resultar complejo. A este profesional habrá que abonarle los honorarios correspondientes.
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¿Cuánto cuesta un abogado especialista en Derecho Canónico?
Ahora, cabe recalcar que los abogados pueden establecer los honorarios que consideren convenientes por sus servicios. Por ello, siempre es recomendable consultar este tema de antemano con el profesional.
Por otro lado, el Tribunal Eclesiástico ofrece también el servicio pastoral de asesoría y discernimiento. Para acceder a este servicio deberá comunicarse al Tribunal y solicitar una cita con alguno de sus asesores.
¿Quién puede solicitar la nulidad matrimonial?
- ¿Cuándo se considera nulo un matrimonio canónico? Cuando se celebra existiendo algún impedimento (los contrayentes no tienen la edad mínima para casarse, son parientes, existe un historial delictivo, uno de los miembros de la pareja ya está casado, entre otros), un vicio de consentimiento (se obliga a alguna de las partes a contraer matrimonio, o existe intimidación) o un defecto de forma (ausencia del párroco o los testigos, por ejemplo).
- ¿Cuándo se considera nulo un matrimonio civil? Se considera que es nulo todo matrimonio celebrado sin consentimiento; entre parientes, menores de edad o personas ya casadas; que se contraiga sin la intervención de un especialista cualificado; que se celebre manteniendo uno de los dos cónyuges una identidad falsa o que se contraiga por coacción.
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¿Cuánto dura el procedimiento de nulidad matrimonial eclesiástica?
No obstante, en función de la saturación del Tribunal al que se acuda, el procedimiento puede durar hasta más de tres meses.
- Se presenta la demanda de nulidad matrimonial (también conocida como la presentación del Escrito Petitorio) frente al Tribunal Eclesiástico de la diócesis en la que se celebró el enlace. Cada una de las páginas debe estar firmada.
- El sacerdote o párroco se encargará de estudiar si el procedimiento es viable y si se puede admitir a trámite o no dicha demanda.
- Después de estudiar el caso, las pruebas y las distintas alegaciones, se dicta sentencia.
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Diferencias entre el divorcio y la nulidad matrimonial
En ambos casos se busca poner fin al vínculo matrimonial. La principal diferencia es que con la nulidad matrimonial se anula completamente dicho vínculo, como si nunca hubiese existido, mientras que con el divorcio únicamente se disuelve el vínculo.
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